El divorcio constituye en España la vía legal para disolver el vínculo matrimonial. Actualmente, el ordenamiento jurídico español reconoce el divorcio como un derecho de cualquiera de los cónyuges, sin necesidad de alegar causa alguna, tras la reforma introducida por la Ley 15/2005. No obstante, el procedimiento y sus consecuencias varían considerablemente según exista o no acuerdo entre las partes.
En este artículo analizamos los principales tipos de divorcio en España, sus requisitos legales, procedimiento, costes aproximados y aspectos relevantes cuando existen hijos menores.
Marco legal del divorcio en España
El divorcio se regula principalmente en:
- El Código Civil, especialmente los artículos 81 a 107.
- La Ley de Enjuiciamiento Civil, artículos 769 y siguientes.
- La Ley 15/2005, de reforma del divorcio.
- La Instrucción de la DGRN de 29 de julio de 2015 sobre divorcio notarial.
Desde 2005, en España no es necesario acreditar separación previa ni justificar motivos para solicitar el divorcio. Basta con la voluntad de uno de los cónyuges.
Cabe recordar que, dependiendo de la residencia habitual de los cónyuges, pueden aplicarse normativas específicas de determinadas Comunidades Autónomas. Por ello, resulta especialmente recomendable contar con un asesoramiento jurídico personalizado y adaptado a cada situación concreta.
Requisitos para divorciarse en España
Para iniciar un procedimiento de divorcio deben cumplirse determinados requisitos legales:
1. Existencia de matrimonio válido
Debe acreditarse mediante certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil correspondiente.
2. Transcurso de tres meses desde el matrimonio
Con carácter general, deben haber pasado al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
No obstante, este plazo no será necesario cuando exista riesgo para:
- La vida
- La integridad física o moral
- La libertad
- La libertad sexual del cónyuge solicitante o de los hijos
3. Legitimación para solicitar el divorcio
Puede solicitarlo:
- Uno solo de los cónyuges
- Ambos conjuntamente
4. Competencia judicial
Será competente, con carácter general, la Sección Civil del Tribunal de Instancia del último domicilio familiar o el del domicilio del demandado.
5. Existencia de hijos menores
Cuando existen hijos menores o personas con discapacidad, interviene obligatoriamente el Ministerio Fiscal para proteger el interés superior del menor.
En estos casos no es posible acudir al divorcio notarial.
Tipos de divorcio en España
A. Divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo constituye la vía más rápida, económica y menos conflictiva. Se produce cuando ambos cónyuges aceptan tanto la disolución del matrimonio como las medidas que regularán las consecuencias personales y patrimoniales.
Se tramita mediante demanda conjunta acompañada de un convenio regulador.
¿Qué debe contener el convenio regulador?
El convenio regulador debe regular cuestiones esenciales como:
- Uso de la vivienda familiar
- Guarda y custodia de los hijos
- Régimen de visitas
- Pensión de alimentos
- Pensión compensatoria, en su caso
- Reparto de bienes comunes
Documentación necesaria
Habitualmente será necesario aportar:
- Certificado literal de matrimonio
- Certificados de nacimiento de los hijos
- Convenio regulador firmado
- Documentación patrimonial relevante
Tras la presentación, el juzgado citará a los cónyuges para ratificar el convenio. Si todo es conforme a Derecho y no perjudica a los menores, se dictará sentencia aprobándolo.
B. Divorcio notarial
El divorcio puede formalizarse ante notario cuando:
- No existen hijos menores no emancipados
- No existen hijos con discapacidad dependientes
Ambos cónyuges deben comparecer personalmente asistidos por abogado.
La escritura pública produce plenos efectos civiles desde su otorgamiento.
Ventajas del divorcio de mutuo acuerdo
- Mayor rapidez
- Menor coste económico
- Menor desgaste emocional
- Reducción de conflictos futuros
C. Divorcio contencioso
El divorcio contencioso tiene lugar cuando:
- Uno de los cónyuges no desea divorciarse
- No existe acuerdo sobre las medidas relativas a hijos o patrimonio
Procedimiento del divorcio contencioso
El procedimiento comienza mediante demanda presentada por uno de los cónyuges.
Posteriormente:
- El otro cónyuge es emplazado para contestar.
- Se practica prueba documental, testifical o pericial.
- Interviene el Ministerio Fiscal si existen menores.
- Se celebra juicio.
- El juez dicta sentencia resolviendo todas las medidas.
Características del divorcio contencioso
- Mayor duración
- Costes superiores
- Mayor conflictividad
- Posibles litigios posteriores
La sentencia firme deberá inscribirse en el Registro Civil.
Divorcio contencioso con hijos menores
Cuando existen hijos menores, el control judicial es obligatorio incluso en divorcios amistosos.
El juez y el Ministerio Fiscal revisarán siempre que las medidas adoptadas respeten el interés superior del menor, especialmente en relación con:
- Custodia
- Régimen de visitas
- Pensiones alimenticias
- Uso de la vivienda familiar
El convenio regulador podrá ser rechazado parcialmente si perjudica a los hijos.
Jurisprudencia relevante
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha consolidado importantes principios en materia de divorcio:
- STS 491/2012 de 17 de julio: confirma la autonomía del derecho al divorcio sin necesidad de alegar causa.
- STS de 10 de octubre de 2019: establece el alcance del control judicial del convenio regulador incluso en divorcios de mutuo acuerdo.
- STS 257/2013 de 29 de abril: delimita los efectos del divorcio notarial.
Costes y duración aproximada
Costes orientativos
Divorcio notarial
- Entre 300 € y 600 € aproximadamente.
Divorcio judicial de mutuo acuerdo
- Entre 1.000 € y 2.500 € aproximadamente.
Divorcio contencioso
- Entre 2.000 € y 6.000 € por cada parte, dependiendo de la complejidad y de la necesidad de peritos.
Duración estimada
| Tipo de divorcio | Duración aproximada |
|---|---|
| Notarial | 1 a 2 semanas |
| Mutuo acuerdo judicial | 1 a 2 meses |
| Contencioso | 6 a 18 meses |
Conclusión
El sistema jurídico español favorece claramente las soluciones consensuadas, promoviendo el divorcio de mutuo acuerdo como mecanismo más rápido, económico y menos traumático.
Sin embargo, el divorcio contencioso sigue siendo una herramienta fundamental para garantizar el derecho individual de cualquier cónyuge a poner fin al matrimonio cuando no existe acuerdo.
Cada situación familiar presenta particularidades específicas, especialmente cuando existen hijos menores o patrimonio común relevante, por lo que resulta esencial contar con asesoramiento jurídico especializado desde el inicio del procedimiento.
Fuentes legales
- Código Civil español (arts. 81 a 107)
- Ley de Enjuiciamiento Civil (arts. 769 y ss.)
- Ley 15/2005
- Instrucción DGRN de 29 de julio de 2015 sobre divorcio notarial
Artículo redactado con finalidad meramente informativa y no constituye asesoramiento jurídico individualizado.
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